En los últimos días son los mensajes que estoy recibiendo de clientes y conocidos preocupados por la entrada en vigor a partir del próximo 25 de Mayo de la “Nueva Ley de Protección de Datos”, como se denomina vulgarmente por la red, y de las adaptaciones necesarias que deben realizar para cumplir con ella en sus sitios web. No en vano seguro que tú también tienes repleto tu buzón de correo con información de diferentes sitios a los que estás suscrito para recibir información y newsletters, y te están invitando a dar tu consentimiento para seguir recibiendo noticias suyas.
En realidad la “nueva ley” no es otra cosa que el Reglamento Europeo de Protección de Datos, que está vigente desde el año 2016, pero que ha tenido un periodo de adaptación de dos años que expira el 25 de Mayo. Por tanto no es una nueva Ley, sino un reglamento de hace un par de años cuyo periodo de adaptación está a punto de llegar. Hasta ahora en España se venían aplicando normativas en este sentido que tenían una antigüedad de veinte años, y que no se habían ido adaptando a los nuevos tiempos y tecnologías.
El problema es que ahora las empresas y profesionales debemos cumplirla para evitar ser sancionados con importantes y cuantiosas multas.
¿Qué es lo que ha cambiado?
Pues, principalmente, que ahora debemos obtener de forma inequívoca el consentimiento del usuario que nos ha facilitado esos datos para operar con ellos. Me explico; hasta ahora cuando recopilábamos datos de un usuario a través de un formulario de contacto de nuestro sitio web, debíamos indicar que esos datos serían utilizados únicamente para los fines descritos, quién era el responsable de custodiar esos datos, y que en cualquier momento el titular podría solicitar la cancelación de esos datos.
Pero ahora este nuevo Reglamento quiere asegurarse que este usuario que facilita sus datos es plenamente consciente de ello, por lo que este mensaje debe estar indicado de una forma claramente comprensible, y debe autorizar de forma expresa esa utilización. En el caso de un formulario web puede colocarse, por ejemplo, una casilla que el usuario debe activar para dar su consentimiento. En ningún caso esta casilla debe estar activada de forma predeterminada, sino que requerirá de la intervención del interesado.
Otro cambio destacado es que cualquier usuario puede consultarnos en cualquier momento los datos suyos de los que disponemos, además de conocer para qué utilizamos sus datos en todo momento. También puede acogerse en cualquier momento al “derecho al olvido” pidiéndole al responsable del tratamiento de los datos la eliminación de todos sus datos personales, y de los terceros a los que se les haya podido facilitar.
En el caso de que tu empresa maneje datos sensibles de terceros, o los propios empleados, te recomendaría que acudas a un Consultor de Protección de Datos (en alguna entrada anterior he recomendado alguno con el que clientes míos trabajan frecuentemente).
Si lo que quieres es cumplir los trámites básicos en tu sitio web, tienes que entrar en la web de la Agencia Española de Protección de Datos, buscar el banner “Facilita” (http://www.servicios.agpd.es/Facilita) en donde podrás rellenar los datos que te vaya solicitando como responsable de los datos, y finalmente te generará un fichero en donde te aparecerán los “textos legales” básicos que deberás utilizar. Pues simplemente deberás copiar ese texto en todos los formularios que recaben datos de tu sitio web, y añadir la casilla, desmarcada de forma predeterminada, para que el cliente pueda activarla y dar el consentimiento para la utilización de sus datos.
Con esto estaremos mínimamente protegidos… pero te recuerdo. Solamente en tu sitio web.
Hoy traigo al blog una información importante de la mano de Joaquín Pujazón, Consultor en Protección de Datos Personales, Prevención de Riesgos Laborales y Ofimática.
ACTUALIZAR EL DOCUMENTO DE SEGURIDAD AL REGLAMENTO EUROPEO DE
PROTECCIÓN DE DATOS
Actualmente estamos inmersos en cambios importantes en el Área de Protección de Datos (Seguridad de la Información).
Las Empresas no solemos dar demasiada importancia a esta información porque “nunca nos pasa nada …”, hasta que ocurre que perdemos toda la información y no tenemos Copia de Seguridad (entre otras cosas), entonces nos echamos las manos a la cabeza y penamos, no sin motivo, porque no habría realizado las Copias de Seguridad, pero lo que es más importante, desde el año 1999 en que apareció la LOPD 15/1999 de 13 de Diciembre, la mayoría de las Empresas no han cumplido con dicha Ley, incumpliendo la Normativa vigente sobre este tema tan importante, además de arriesgándose a multas que si son importantes, pero no tenemos en cuenta, claro está hasta que tenemos una denuncia y nos anuncian la consiguiente multa.
Bien, para no extenderme, diré que actualmente estamos en un cambio muy importante en este ámbito, ya que desde el 25 de Mayo del año 2016 en que se aprobó el Reglamento Europeo de Protección de Datos (REPD) y el cual está en VIGOR, ahora tenemos hasta el 25 de Mayo del año 2018 para actualizarnos completamente, a partir de ese momento las Inspecciones que se sufran podrán sancionarnos con el Régimen Europeo y estas son muy importantes.
Para solucionar esto tenemos que seguir los siguientes pasos:
Teniendo lo anterior Evitamos sanciones y conseguimos estos beneficios:
Nuestro Plan de Implantación y/o Actualización incluye todos los servicios necesarios para adaptar la organización a la LOPD en todos sus ámbitos donde se aplica la Normativa.
Se puede contactar con Joaquín Pujazón en el correo pujazon@gmail.com, o en el teléfono 677 67 67 58
No cabe duda. Un ingeniero aeronáutico es una persona con unos amplios conocimientos científicos, con una larga formación en su campo, y posiblemente alguien con una mente privilegiada. Pero, si tuvieras que entrar en un quirófano a realizarte una delicada operación… ¿te pondrías en sus manos?.
La respuesta es evidente. Por supuesto que no, ya que aunque es un profesional sobradamente en su sector, en un quirófano estaría como elefante en cacharrería, y tu salud correría un serio peligro.
Entonces… ¿por qué a la hora de publicitar o promocionar tu empresa puedes llegar a confiar en manos de profesionales no cualificados?. ¿Quizás porque es algo que parece sencillo, y que puede hacer cualquiera?. ¿No crees que la imagen y prestigio de tu empresa o negocio merece ser tratada con más cuidado y profesionalidad?.
En los últimos tiempos me estoy encontrando con casos de clientes a los que una mala planificación publicitaria, o simplemente una imagen corporativa inapropiada, no les estaba dando los resultados esperados, además de suponer un despilfarro de dinero. Y es que, a pesar de que siempre se ha dicho que la publicidad, aunque sea mala, siempre es necesaria, una mala imagen puede dar el resultado contrario al deseado. Y todo ello por confiar en empresas o profesionales no cualificados. Algunos de los ejemplos que me he encontrado últimamente incluyen:
Y es que claro, un ingeniero aeronáutico puede ser un genio, pero no dentro de un quirófano. Y un arquitecto puede levantar edificios imponentes, pero no tiene porque ser un buen diseñador gráfico o publicista…
Por eso, lo mejor a la hora de confiar la promoción e imagen de tu empresa o negocio, es elegir siempre los mejores profesionales. Aquellos que se han preparado y tienen experiencia precisamente en eso; en promocionar y mostrar tu mejor imagen. Y en la mayoría de los casos, el trabajo más profesional va unido a un precio más ajustado a tu presupuesto. Hay muchos y muy buenos profesionales que pueden hacerlo. De ti depende que selecciones al que sea más adecuado.
En fechas recientes he recibido un correo de un Consultor experto en Protección de datos, con el que trabajo habitualmente, referido a cierta problemática que ha detectado en algunos casos de implantación de la LOPD en diferentes empresas. Al considerar que puede ser bastante interesante, comparto por aquí:
Quiero avisaros de lo que están vendiendo como Implantaciones de la LOPD, ya que en esta semana me he encontrado en dos Empresas estas curiosidades, así podéis avisar a amigos y conocidos vuestros.
En un caso ha sido una Consultora de Vizcaya y en el otro una Consultora de Madrid.
Resulta que lo que hacen es vender a través de un Curso Bonificado la propia Implantación de la LOPD, indicando que todo se queda perfectamente y al día, cuando lo que yo me he encontrado en ambas Empresas al pedirme estas que lo viera es una Implantación genérica.
Qué quiere decir esto, algo muy sencillo, lo que están vendiendo es un Documento de Seguridad general, el cual luego lo tiene que desarrollar la propia Empresa, el problema es que la propia Empresa no sabe que tiene que actualizar todo y dejarlo listo por si tiene una Inspección de la Agencia Española de protección de Datos.
Si la Empres recibe la visita de un Inspector se llevará una Sanción ya que no tiene ni Desarrollado ni Documentado nada de nada, porque le faltan entre otras cosas las siguientes:
Y sobre todo recordar que este Documento tiene que estar constantemente actualizado, no vale con hacerlo una vez y dejarlo morir.
Con esto espero que os quede claro la Importancia de intentar informarse antes de que es lo que nos van a dejar y consultar con alguien conocido este tema.
Comentarlo a vuestros conocidos, amigos y Clientes.
Además con la entrada en vigor del NUEVO REGLAMENTO EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS las Sanciones han aumentado.
Cualquier pregunta poneros en contacto conmigo.
Joaquín P. Pujazón
Consultor Asesor de Formación
Consultor de Protección de Datos
Formador de PRL e Informática
pujazon@gmail.com
677-67.67.58
Una de las mayores preocupaciones de los webmasters y todos aquellos que trabajamos en el posicionamiento SEO es la de recibir en algún momento alguna penalización de Google que pueda dar al traste con meses, e incluso años, de trabajo esmerado en un sitio web. Y es que una página que aparece en los primeros puestos de búsqueda puede verse alejada de los primeros puestos, e incluso desaparecer del buscador, si hemos incumplido alguno de los criterios que el célebre buscador establece para ordenar los resultados de las búsquedas.
¿Y cuáles son estos criterios?. Pues muy sencillo de explicar si nos alejamos de términos y enrevesadas palabras técnicas. El objetivo de Google es ordenar los resultados de las búsquedas en función de su relevancia, importancia por su número de visitas, calidad de la información, etc. Si por ejemplo buscamos información sobre “gamusinos albinos”, Google ofrecerá en los primeros puestos aquellos sitios que contengan más términos relacionados con “gamusinos albinos”, con más enlaces entrantes (páginas externas que mencionan este sitio), información de calidad que no procede de un “corta-pega” de otras webs, número de visitas, etc. El buscador tiene unos algoritmos programados con estas variantes, y de esta forma ofrece los resultados más importantes relacionados con estas búsquedas.
Y eso es algo que los webmasters sabemos, y en muchas ocasiones algunos intentan “engañar” a Google para posicionar sus sitios en los primeros lugares a través de unas prácticas que pueden ser efectivas a corto plazo, pero demoledoras al final.
GRAVE ERROR. El gigante de las búsquedas de Internet puede detectar estas prácticas poco apropiadas y relegar a nuestro sitio al rincón de pensar, o incluso expulsarle definitivamente sin mayores contemplaciones.
¿Y cuáles son estas prácticas más habituales?.
Debemos tener en cuenta que no sólo nosotros queremos aparecer en los primeros puestos, sino que nuestros competidores posiblemente realicen trabajos por el mismo objetivo. Por lo que no debemos agobiarnos si los resultados se consiguen poco a poco, y saber que es un trabajo continuo y tedioso. Pero con insistencia y buenas prácticas el objetivo final puede conseguirse.
¿Cómo saber si nuestro sitio ha sido penalizado?.
Cuando nuestro sitio de la noche a la mañana tiene un empeoramiento de su posicionamiento es fácil pensar que hemos sido penalizados. Pero no tiene por qué ser así. Un cambio en el algoritmo de Google, la mejora de los otros sitios, la simple dejadez temporal del nuestro, o un error en el sitemap pueden ser motivos que causen este alejamiento de los primeros puestos. Sólo debemos sospechar de una penalización si nuestras visitas a través de Google se reducen, no encontramos palabras clave que antes aparecían con facilidad, o incluso no aparece el propio dominio al buscarlo directamente. No tenemos constancia oficial de penalización, pero por norma general nuestros resultados pierden treinta posiciones de forma repentina.
En este caso tenemos que repasar nuestro sitio comprobando que no tenemos contenido duplicado, no existen enlaces a sitios externos que hayan podido ser penalizados, anularemos todos los enlaces innecesarios, etc. Tras hacer una limpieza completa sólo deberemos esperar, y las aguas volverán a su cauce. Cuando el motor de Google vuelva a visitarnos encontrará que cumplimos los requisitos, y poco a poco volveremos a ganar el terreno perdido.
Más peliagudo es cuando nuestro sitio ha sido penalizado de forma manual por un miembro de Google. Esto puede deberse a que alguien ha denunciado que emitimos spam, estamos realizando acciones no permitidas, o han recibido un aviso por cualquier otro incumplimiento de las normas. En este caso recibiremos un aviso a través de “Search Console” de nuestro panel de Herramientas de Webmaster de Google, aunque el problema puede ser algo más difícil de solucionar.
Al igual que en el caso anterior, debemos repasar a fondo todas las posibles irregularidades de nuestra web, y una vez que estemos seguros de haber solucionado todos y cada uno de los problemas, a través de nuestro panel de Herramientas de Webmaster, podremos enviar a Google una solicitud de reconsideración. No olvidemos que no están obligados a aceptarnos de nuevo, por lo que es recomendable tener en cuenta lo siguiente, siempre con amabilidad y educación:
Una vez que hayamos enviado la reconsideración sólo quedará confiar en que tras su estudio, y siempre que estén todos los errores subsanados, podremos volver a situar nuestro sitio en el lugar que le corresponde, con trabajo, y sabiendo que la próxima vez que busquemos atajos podremos ser expulsados definitivamente.
Por eso, ante la duda, nada mejor que confiar en profesionales o agencias SEO expertas de confianza, que no ofrezcan resultados inmediatos, pero sí que garanticen trabajo serio y continuo para lograr los objetivos perseguidos.
Hoy traigo al Blog la colaboración de Joaquín Pérez Pujazón, Consultor de Protección de Datos, que nos aporta un acercamiento claro y sencillo a la Ley Orgánica de Protección de Datos, que conviene conocer. Vaya desde aquí mi agradecimiento por su colaboración.
La LOPD, Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, es una ley de obligado cumplimiento que aún siendo desconocida por una parte importante de la sociedad garantiza el buen uso que deben darse a nuestros datos personales y por consiguiente a proteger nuestros derechos en un amplio sentido.
Una explicación para inexpertos sería, la ley que nos protege de las personas que quieran abusar de nosotros por medio de lo que saben de nosotros. Un ejemplo muy claro son los correos masivos. Si una empresa posee nuestro email o nuestro teléfono, por algún medio, fraudulento o no, y comienza a molestarnos, esta es la ley que regula el buen uso que las empresas deben darle a nuestros datos.
Nosotros tenemos Derechos. Derecho de Acceso, poder saber qué es lo que tienen de nosotros, derecho de Rectificación, a que sean actualizados o cambiados por nosotros, Derecho de Cancelación, que podamos borrar nuestros datos de un Fichero que los contenga y Derecho de Oposición, podemos no estar de acuerdo con que ciertas empresas manejen nuestros datos. Estos se llaman, abreviando los derechos ARCO. Pero no son los únicos.
Uno de los derechos que tenemos las personas es el derecho de Información, mediante el cual, antes de poner nuestros datos a disposición de otra persona o empresa que nos los pida, debemos informarle inequívocamente del fin que se van a dar a sus datos, de quien es el poseedor del Fichero y donde van a ir a parar, para que podamos ejercer nuestros Derechos. Ese aviso legal que cada vez podemos ver en más páginas web donde nos piden nuestros datos.
Ahora bien, la Empresa o Persona que aparece en ese texto legal debe tener sus Ficheros Inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos igual que todas las demás empresas que manejan datos dentro o fuera de internet. Lo que viene a ser todas las empresas que emiten facturas o graban imágenes con cámaras de seguridad o simplemente reciben un currículo. Todo son datos que merecen un tratamiento ético.
Qué Documentación debemos tener en la Empresa
Aparte de disponer de los Ficheros Inscritos en la Agencia Española de protección de Datos, el siguiente paso es elaborar el Documento de Seguridad, esté documento contendrá todas las Medidas de Seguridad y explicaciones que debemos desarrollar en nuestra Empresa, para poder garantizar a los Clientes que nos ceden sus Datos de Carácter Personal, que van a estar correctamente protegidos y que no van a ser objeto de un uso fraudulento.
Esto se garantiza con las Medidas de Seguridad que se adoptaran y revisaran dentro de la Empresa.
La Empresa tendrá Personal o Usuarios que garantizan que estos Criterios de Seguridad se cumplen correctamente, para ello firmarán un documento que así lo garantiza.
Cabe destacar, que la LOPD como se puede comprobar en el primer párrafo data del año 1999, con lo que actualmente según nos dice la propia Agencia Española de Protección de Datos, Inscribir los Ficheros de Datos que vamos a tratar es un requisito indispensable que deben cumplir las Empresas para poder trabajar correctamente.
Si no fuera así, están expuestas a sufrir una importante multa en el caso de sufrir una Inspección o sufrir una denuncia de algún Cliente o trabajador, el cual no hace falta que se identifique de cara a la Empresa, ya que la que actúa contra la Empresa es la propia Agencia Española de Protección de Datos, con la Documentación que aporta dicha persona denunciante.
Dichas multas oscilan entre:
Indicar que la Agencia está pasando Inspecciones aleatorias durante todo el año.
Si desea más Información al respecto o revisar lo que ya tiene Implantado en la Empresa ponerse en contacto con:
Joaquín Pérez Pujazón
Móvil: 677-67.67.58
e-mail: pujazon@gmail.com
Hoy en día ya nadie duda del poder de comunicación que tienen las Redes Sociales, y cómo bien utilizadas pueden servir como un excelente trampolín publicitario para que miles de usuarios puedan conocer nuestros productos y servicios, darnos su opinión, e incluso recomendarnos a otros usuarios de las redes. Pero al igual que sus virtudes también son muchos sus defectos, ya que si no sabemos hacer un buen uso de ellas conseguiremos el objetivo contrario, proporcionando una mala imagen de nuestra marca y generando desconfianza entre los posibles consumidores. Por ello es conveniente que a la hora de ejercer como Community Managers, ya sea en beneficio propio o trabajando para terceros, tengamos en cuenta unos consejos básicos que nos serán de gran utilidad para salir airosos de la situación, y que nuestro trabajo no caiga en saco roto.
Al margen de estos consejos básicos sobra decir que el principal de todos ellos es que conozcamos perfectamente el uso de todas y cada una de las Redes Sociales que utilicemos, centrando nuestros esfuerzos preferiblemente en aquellas que tienen mayor número de usuarios como pueden ser Facebook, Twitter, Youtube, Google +, etc.
Y siempre queda la recomendable opción de contar con los servicios de un profesional que sacará el máximo partido de las Redes Sociales en beneficio de nuestra empresa.
Durante las últimas semanas se ha propagado de forma bastante rápida la posibilidad de que Google pudiera penalizar en el posicionamiento a todos aquellos sitios webs que no estuvieran adaptados a los dispositivos móviles. Y es que hoy en día gran parte de las consultas web proceden de tablets, smartphones, iPads, iPhones y aparatos similares. La noticia no ha pillado de sorpresa a diseñadores y programadores, ya que desde hace varios meses llevamos recibiendo mensajes mediante el panel de “Herramientas para Webmasters de Google” indicando los fallos de usabilidad de nuestras webs, así como las sugerencias para corregir estos fallos. La única y notable diferencia respecto al cambio de algoritmo para la indexación y posicionamiento web es el aviso de que estos cambios entrarían en vigor a partir del 21 de abril de 2015, favoreciendo la búsqueda en smartphones de sitios optimizados.
Desde algunas semanas antes son numerosas las empresas y profesionales que con malas artes, o por falta de información, han ofrecido sus servicios para adaptar webs a móviles, afirmando que Google “penalizará” a las páginas que no estén optimizadas, o incluso que estas “desaparecerán” del conocido buscador. Y esto no es del todo correcto. Como ya he dicho Google no penalizará a quienes no estén adaptadas, sino que favorecerá el posicionamiento de las que sí lo estén. Y además esto sólo afectará a las búsquedas realizadas desde dispositivos móviles.
Son muchos los que todavía afirman que con el tiempo esta penalización se extenderá también a las búsquedas realizadas en Desktop, pero lo cierto es que a fecha de hoy no es así. Aunque lo ideal, con vistas al futuro y construyendo un sitio con la mayor usabilidad posible, es crearlo completamente adaptado para todo tipo de dispositivos si vamos a diseñar un nuevo sitio web.
¿Cómo podemos saber si nuestro sitio está optimizado para dispositivos móviles?.
Pues de una manera muy sencilla a través de una herramienta que el propio Google facilita en este enlace
Tan sólo tenemos que introducir la Url de nuestra página, pinchar en “Analizar”, y esperar unos segundos a que nos aparezca el resultado.
Al margen de que Google de preferencia a los sitios optimizados para las búsquedas en dispositivos móviles, lo que es evidente es que cada día es más común la utilización de éstos para realizar diferentes operaciones en Internet, por lo que es conveniente tener nuestra web adaptada, o con una versión específica para smartphones, Iphones, Tablets, y similares que permita una más fácil visualización y manejo.
En www.edicionesdeltajo.com diseñamos y ponemos en funcionamiento tu versión web para móvil, o adaptamos la que ya tienes. Puedes solicitar presupuesto sin compromiso en info@edicionesdeltajo.com o en el 628 64 24 08.
Siempre se ha afirmado, y no con falta de razón, que Internet se ha convertido en un espejo de la sociedad. Y es cierto, ya que en la red se reflejan con toda fidelidad todos los aspectos de la sociedad actual, con todas sus virtudes y defectos.
Si al igual que en la realidad podemos encontrar gran cantidad de aspectos favorables, podemos leer la prensa, consultar el tiempo, buscar información variada, contactar con nuestros amigos y conocidos, etc… también existe un hueco por el que se cuelan los amigos de lo ajeno y el engaño. Pero no por ello hay que demonizar Internet, ya que sus virtudes superan con creces a sus defectos.
No obstante, conociendo que pueden existir algunos peligros, debemos conocer algunas nociones y consejos básicos para no caer en ellos.
El Phishing es una de las técnicas más conocidas y utilizadas por los delincuentes informáticos. Mediante diferentes técnicas intentarán apoderarse de algunos de nuestros datos más importantes con los cuales podrán tener acceso, por ejemplo, a nuestra cuenta corriente. Veámos algunas de las más extendidas.
Todos hemos recibido alguna vez un correo que nos invita a reenviarlo a todos nuestros contactos, bien sea por demostrar amistad, o por una supuesta causa benéfica. La mayoría de las ocasiones esos correos los enviaremos a la papelera, aunque puede que alguna vez hayamos tenido la tentación de reenviarlo realmente. El “truco” de este tipo de cadenas puede radicar en que al hacer el reenvío a todos nuestros contactos no lo hagamos a través de copia oculta (CCO), quedando todos esos correos a la vista de terceros que podrán utilizarlos para enviar spam no autorizado en un futuro.
En los últimos años han proliferado los sitios de subastas y venta online. A priori pueden parecer sitios muy ventajosos, ya que ofrecen productos a unos precios realmente competitivos, o incluso gangas. Pero nadie ofrece duros a pesetas. Muchas veces si pujamos por un artículo o lo compramos online, al recibirlo nos llevamos la sorpresa de que no se asemeja en nada a lo que esperábamos.
Detrás de esos sitios de subastas y ventas online muchas veces se oculta gente sin escrúpulos, ya sea un particular que lo utiliza o bien sea su propietario, por lo que se hace imprescindible saber a quien compramos.
La situación puede llegar a mayor gravedad, ya que es habitual ver como en algunos portales se ofrecen medicamentos, que deberían ser expendidos únicamente con receta médica, y de los que su origen y autenticidad no resultan del todo claros.
Cuando hagamos una compra online es imprescindible que en el sitio web aparezcan algunos datos, como la identificación del propietario, domicilio fiscal, datos de contacto, formas de pago, política de devoluciones… etc.
Tampoco faltan los desaprensivos que, aprovechando los tiempos de crisis que vivimos y el anonimato que ofrece la red, publican en diferentes lugares anuncios ofreciendo un trabajo que se puede desempeñar desde el mismo domicilio del interesado. Las condiciones suelen parecer ventajosas, y ante la falta de empleos no son pocos los que suelen aceptar esta “suculenta” oferta laboral.
El timo viene después, ya que para obtener el trabajo hay que aceptar unas “pequeñas” condiciones. Lo primero es que no hay sueldo fijo ni contrato, ya que se cobrará en función de la producción. Y lo más indignante es que el trabajador ha de comprar al supuesto contratador una serie de materiales, e incluso maquinaria, que afirma ser imprescindibles para la realización del trabajo.
Pero como es previsible el trabajo nunca suele llegar, por lo que el ilusionado trabajador se quedará con materiales y maquinaria innecesarios en su domicilio, mientras que en su banco faltarán unos cuantos euros.
Cada vez proliferan más en Internet las páginas dedicadas a los contactos de distinto índole entre personas; las que buscan amistad o incluso algo más. Pero no es oro lo que reluce en la red. En muchas de ellas el registro es gratuito, permitiéndote hacer una pequeña búsqueda de personas del perfil compatible. Lo caro puede ser intentar acceder a búsquedas más detalladas, contactar con otros usuarios, o acceder a su album fotográfico. Hasta aquí nada raro o ilegal, aunque si es un servicio de suscripción mensual por tarjeta o sms la factura se nos puede elevar más de lo esperado.
El timo suele venir camuflado de falsos perfiles interesados en nosotros. Es decir, que en algunas de estas páginas viene siendo habitual que recibamos en nuestro correo un aviso del tipo “el usuario x quiere contactar contigo” normalmente acompañado de la foto de un chico o chica con un físico espectacular. Obviamente suele tratarse de falsos reclamos dirigidos a los usuarios del servicio gratuito, que persigue que tenga que darse de alta en un servicio de pago.
Son muchos más los timos, estafas y engaños que podemos encontrarnos por Internet. Aquí sólo destacamos aquellos más extendidos y habituales, recomendando que cuando le ofrezcan algo demasiado bueno para ser cierto se lo piense dos veces.
La empresa Mercado Actual ha realizado una investigación en la que determina cuales son los diez factores detonantes para que una persona se anime a hacer su primera compra en internet.
Según Rafael Torres, Director General de Mercado Actual, «Siempre hay una primera vez para todo. En el caso del comercio electrónico existen todavía una serie de temores y clichés que retraen a algunas personas de dar el salto a la compra online», explica en una nota oficial Rafael Torres, Director General de Mercado Actual.
«Parte de las estrategias de marketing de las tiendas online están precisamente dirigidas a atraer a ese cliente novato. Una de las claves es que el nuevo usuario se sienta tranquilo y arropado durante el proceso de compra», recomienda.
Aunque todavía hay muchos mitos, y las noticias sobre fraudes electrónicos asustan a los compradores, lo cierto es que una encuesta realizada por Mercado Actual, el e-commerce se está fortaleciendo en España.
«Esos mitos negativos tienen cada menos incidencia. Una vez se prueba la compra online, lo normal es que ese el repita en un altísimo porcentaje», señala Torres.
Estos son los 10 factores que impulsan a un cliente a estrenarse en la compra online.
1.—La recomendación de un amigo o familiar. «Nuestro entorno personal es el mejor prescriptor de compra. Muchos de los miedos asociados al comercio electrónico provienen del puro desconocimiento. Pero los temores se disipan cuando se contrastan con el relato de la experiencia personal de alguien en quien confiamos»
2.—Opiniones de otros usuarios. «Otra fuente que refuerza nuestra confianza son las experiencias positivas de otros e-buyers. Una simple búsqueda en Internet con las palabras clave adecuadas (nombre de la tienda escogida + “opiniones”) puede arrojar un importante número de opiniones, tanto positivas como negativas, en foros, blogs y otros entornos».
3.— Seguridad en el pago. «Este suele ser el principal miedo que atenaza a los no avezados en las compras online. Realizar una transferencia o introducir los datos de la tarjeta de crédito “a ciegas” son acciones a las que son normalmente son reticentes los novatos. Será mucho más fácil que esa primera compra la efectúe en páginas que ofrezcan claras garantías en la seguridad de los pagos, con pasarelas de pago seguro, Paypal, etc».
4.— Posibilidad de devolución. «El mito urbano de la supuesta “irreversibilidad” de la compra online es uno de esos temores que atenazan a los no iniciados. “¿Y si me lo compro y luego resulta que no es lo que esperaba o no me gusta?” Una información clara y visible de los sistemas y circunstancias de devolución de la tienda online ayudarán a calmar a los más temerosos».
5.— Vías de contacto accesibles. «Otro “San Benito” con el que carga el comercio electrónico es la inquietante sensación de que “no hay nadie al otro lado”. Para un novato el hecho de tener abiertas vías de comunicación con los responsables de la tienda, a través de chat, e-mail y, si es posible, teléfono es una fuente de tranquilidad».
6.— Buen servicio «preventa». «Normalmente al comprador novato le asaltan todo tipo de dudas. Forma de pago, plazos de entrega, posibilidad de devolución… Si una tienda online le demuestra su profesionalidad dándole una respuesta rápida y eficaz a esas cuestiones, tiene muchos puntos ganados para que el siguiente paso en su relación sea una primera compra».
7.— Facilidad de navegación. «Alguien que nunca ha comprado por Internet suele estar también poco familiarizado con el entorno online en general. Una página poco intuitiva o en la que resulte difícil encontrar los productos y la información asociada a ellos será un freno importante para estas personas. Por el contrario, una página amigable y fácil de usar les hará ganar confianza y les animará a lanzarse a ese primer “clic” de compra».
8.— Suficientes imágenes e información. «El hecho de no poder “ver y tocar” el producto in situ también puede actuar como obstáculo para determinados compradores, demasiado habituados a los procedimientos del comercio tradicional. Una buena galería de fotografías y una información útil y explicativa de las principales características del producto son eficaces herramientas para vencer esas reticencias».
9.— Precios atractivos. «Sin duda, una de las grandes ventajas del comercio electrónico es el precio, y también una poderosa palanca para seducir a los más indecisos. Las economías de escala que manejan las tiendas online y la ausencia de los gastos fijos derivados de mantener tiendas físicas hacen que puedan ofrecer precios de media hasta un 15% más económicos que el comercio tradicional».
10.— Ofertas de bienvenida. «Uno de los “ganchos” más eficaces con los que cuentan las páginas de comercio electrónico son las ofertas de bienvenida. Ya se trate de bonos descuento, dinero virtual u otras ofertas específicamente pensadas para los nuevos clientes, son una atractiva tentación que puede ayudar terminar de decidirse a los que siguen sin atreverse a efectuar esa primera compra online».
Fuente: www.abc.es