El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, publicó años atrás un díptico con el nombre “La Ley de Internet Fácil” referido a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSII) 34/2002 de 11 de Julio.
De forma clara y básica resume el contenido de la Ley, dándonos las pautas de todo aquello que podemos realizar por Internet, entre otros medios, y advirtiendo sobre las prácticas no legales.

¿Qué debe hacer una empresa que ejerza actividad económica por Internet?
Deberá indicar en la página web, de modo claro, la siguiente información:
- Denominación social, CIF, domicilio, y email, teléfono o fax.
- Datos de inscripción en el registro mercantil, en su caso.
- En las actividades en que fuera necesario, datos de colegiación y título profesional requerido para ejercer la actividad.
- Si además se utiliza un teléfono con tarificación adicional se debe incluir toda la información.
- Si se realiza venta online, se debe indicar claramente el precio del producto, así como las condiciones de venta, envío y devolución.
- Confirmación de la compra del producto a través de un acuse de recibo enviado por mail.

Y para enviar publicidad por email:
- El anunciante debe identificarse claramente.
- Debe haber constancia de que se trata de un mensaje publicitario.
- En caso de ofertas, concursos, promociones… deben detallarse todas las condiciones de participación y periodo de duración.
- No se pueden enviar correos de este tipo si el destinatario no nos ha concedido permiso expreso para ello.
- El mensaje deberá estar identificado con la palabra “publicidad” o la abreviatura “publi”.
- El destinatario podrá revocar en cualquier momento su aceptación de recibir mensajes de este tipo a través de un procedimiento sencillo.
